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Pago de retiros totales o parciales

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El derecho de tus seres queridos y el tuyo al cumplir con los requisitos en las leyes de Seguridad Social

Pensiones

Negativa de pensión
Descripción

Es una prestación que se le otorga al trabajador o sus beneficiarios, por no cumplir con el requisito mínimo de semanas cotizadas ante el IMSS para obtener su pensión.

Si el IMSS le otorga una resolución negativa de pensión, podrá realizar el retiro total de los recursos acumulados en su cuenta individual.

¿Qué documentos tienes que presentar?
  • Original y copia de la resolución de Negativa de Pensión emitida por el IMSS
  • Original y copia de la identificación oficial (credencial de elector).
  • Comprobante de Afore (estado de cuenta, constancia de registro, etc.)
Requisitos
  • Haber obtenido por parte del IMSS una resolución de Negativa de Pensión.
  • Tener saldo en su Cuenta Individual.
Pensionado con reingreso a trabajar
Descripción

Si usted reingresó y vuelve a cotizar con un patrón utilizando el número de seguridad social con el que se pensionó, puede realizar el retiro del nuevo saldo acumulado.

Este retiro no interfiere con su pensión mensual.

¿Qué documentos tienes que presentar?
  • Original y copia de la Resolución de pensión por Cesantía o vejez emitida por el IMSS (Ley 73)
  • Original y copia de identificación oficial (credencial de elector)
  • Comprobante de Afore (estado de cuenta, constancia de registro, etc.)
Requisitos

El asegurado deberá tener reconocidas ante el IMSS un mínimo de 1250 semanas cotizadas en la Ley 1997, o bien 500 semanas cotizadas para la Ley de 1973. En el caso de que el trabajador no reúna las semanas de cotización, podrá retirar el saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.

Si se tienen cotizadas un mínimo de 750 semanas se tendrá derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad.

Cesantía de edad avanzada y vejez
Descripción

Pensión otorgada cuando se cumple cierta edad . Se considera Cesantía en Edad Avanzada cuando se quede privado de trabajos remunerados a partir de los 60 años y Vejez a los 65.

Tienes derecho a

Una pensión que puede disfrutarse a través de 2 alternativas:

  • Renta Vitalicia: Contratar con una Institución de Seguros de su elección una Renta Vitalicia que se actualizará anualmente en el mes de Febrero conforme al INPC.
  • Retiro Programado: Se mantiene el saldo de la cuenta individual en la AFORE de su elección y se efectúa con cargo a éste Retiros Programados.

Prestaciones en especie:

  1. Asistencia Médica
  2. Asignaciones Familiares
  3. Ayuda Asistencial
¿Qué documentos tienes que presentar?

Acudir a Prestaciones Económicas de la clínica correspondiente del IMSS, y llevar los siguientes documentos:

  • Identificación oficial con fotografía y firma
  • Documento que contenga el número de Seguridad Social
  • CURP
  • Comprobante de domicilio de reciente expedición. (No mayor a 3 meses).
  • Estado de cuenta de la cuenta individual

Si cuenta con beneficiarios:

  • Se deberá presentar los mismos documentos que en el caso de Invalidez.
Requisitos

El asegurado deberá tener reconocidas ante el IMSS un mínimo de 1250 semanas cotizadas en la Ley 1997, o bien 500 semanas cotizadas para la Ley de 1973. En el caso de que el trabajador no reúna las semanas de cotización, podrá retirar el saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.

Si se tienen cotizadas un mínimo de 750 semanas se tendrá derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad.

Retiro anticipado
Descripción

El trabajador podrá pensionarse antes de cumplir las edades establecidas, siempre y cuando la pensión que se le calcule en el sistema de Renta Vitalicia, se superior en más del 30% de la Pensión Garantizada, una vez cubierta la prima del Seguro de Sobrevivencia para sus beneficiarios.

Tienes derecho a

Una pensión que puede disfrutarse a través de 2 alternativas:

  • Renta Vitalicia: Contratar con una Institución de Seguros de su elección una Renta Vitalicia que sea actualizará anualmente en el mes de Febrero conforme al INPC.
  • Retiro Programado: Se mantiene el Saldo de la Cuenta Individual en la AFORE de su elección y se efectúa con cargo a éste Retiros Programados.

Prestaciones en especie:

  1. Asistencia Médica
  2. Asignaciones Familiares
  3. Ayuda Asistencial
¿Qué documentos tienes que presentar?

Acudir a Prestaciones Económicas de la clínica correspondiente del IMSS, y llevar los siguientes documentos:

  • Identificación oficial con fotografía y firma
  • Documento que contenga el número de Seguridad Social
  • Estado de cuenta de la cuenta Individual
  • Comprobante de domicilio de reciente expedición. (No mayor a 3 meses)
  • Acta de Nacimiento
  • CURP

Se deberá presentar los mismos documentos que en el caso de Invalidez.

Requisitos
  • Ser menor de 60 años y tener mínimo 1250 semanas cotizadas.
  • La pensión que se calcule en el sistema de Renta Vitalicia debe ser 30% mayor de la Pensión Garantizada.
  • Quedar privado de trabajo remunerado
Incapacidad permanente total
Eventos requeridos para obtener la pensión Cuando el asegurado sufra un accidente de trabajo y a consecuencia se le haya dictaminado previa valoración del Instituto
Requisitos para realizar trámite

IMSS:

  • Copia certificada de las actas de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento o declaración de adopción de cada uno de los hijos (solo para pensiones con porcentaje de valuación igual al 100%.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada uno de los beneficiarios.
  • Copia certificada del acta de matrimonio, tratándose de esposa.
  • Constancia testimonial que acredite el concubinato, tratándose de concubina.
  • Comprobantes de estudios de los hijos mayores de 16 años y hasta 25 años que se encuentren incorporados al sistema educativo nacional (solo para pensiones con porcentaje de valuación igual al 100%).

Aseguradora:

  • Documento de Elegibilidad.
  • Original y copia de identificación oficial (credencial de elector).
  • Resolución Original de pensión.
  • Original y copia de comprobante de domicilio.
Requisitos para realizar trámite disposición ante AFORE
  • Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS
  • Original y copia de identificación oficial (credencial de elector)
  • Original y copia de credencial de pensionado •Comprobante de AFORE
Invalidez
Descripción

Se otorga cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50% de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.

Esta pensión puede ser de dos tipos:

  • Temporal: cuando existe posibilidad de recuperación.
  • Definitiva: cuando no hay recuperación; es decir se estima que la invalidez es de naturaleza permanente.

Tienes derecho a
  • Subsidio económico: a partir del cuarto día de incapacidad al pago de un subsidio igual al 60% del último Salario Base de Cotización

  • Pensión temporal: Se da por periodos renovables al asegurado, en los casos de existir posibilidad de recuperación para el trabajo, o cuando se termine el disfrute del subsidio y la enfermedad persista.

  • Pensión definitiva: Será igual al 35% del Promedio de los salarios correspondientes a las últimas 500 semanas de cotización o las que tuviere siempre que sean suficientes para ejercer el derecho.

    En caso de no reunir las semanas mínimas de cotización para que el IMSS otorgue esta pensión, puedes realizar de una sola vez el retiro del Saldo de tu Cuenta Individual del seguro de Retiro, Cesantía y Vejez.

  • Prestaciones en especie:
    • Asistencia Médica
    • Asignaciones familiares
    • Ayuda Asistencial
¿Qué documentos tienes que presentar?

Subsidio: El IMSS pagará el subsidio del 4o día del inicio de la Incapacidad, mientras dure ésta y hasta por el término de 52 semanas.

Pensión de invalidez:

1. Es necesario acudir a la Unidad de Medicina Familiar del IMSS correspondiente, con los siguientes documentos:

  • Identificación oficial con fotografía y firma
  • CURP
  • Documento que contenga el Número de Seguridad Social
  • Estado de cuenta de la cuenta individual
  • Acta de nacimiento
  • Comprobante de domicilio de reciente expedición. (No mayor a 3 meses).


Si cuenta con beneficiarios:

  • Identificación oficial y CURP de los beneficiarios
  • Comprobante de domicilio
  • Copia certificada del acta de matrimonio, o en su caso, acreditación del concubinato
  • Copia certificada de Actas de nacimiento de los beneficiarios
  • Comprobante de estudios de hijos mayores de 16 y menores de 25, expedida por planteles del Sistema Educativo Nacional.
Requisitos

Subsidio: Trabajador eventual, 6 semanas cotizadas en los últimos 4 meses anteriores a la fecha de la incapacidad. Trabajador permanente, 4 semanas cotizadas inmediatamente anteriores a la fecha de la incapacidad

Pensión de invalidez: Estar vigente o en conservación de derechos. Tener reconocidas 250 semanas cotizadas. Si el dictamen determina el 75% o más de invalidez tener por lo menos 150 semanas cotizadas.

Vida
Descripción

Cuando fallece el asegurado o pensionado por una enfermedad no profesional, riesgo de trabajo, retiro, cesantía en edad avanzada o vejez.

Tienes derecho a
  • Pensión de Viudez: Será igual al 90% de la pensión que le hubiera correspondido al trabajador o pensionado por el supuesto de invalidez, cesantía o vejez. O bien, igual al 40% de la pensión por el supuesto de riesgo de trabajo.
  • Pensión de Orfandad: Será igual al 20% de la pensión que el asegurado estuviese gozando al fallecer. Si el huérfano fuera de padre y madre la pensión se iguala al 30% de la misma base
  • Pensión a ascendientes: Se otorgará a cada uno de los ascendientes que dependían económicamente del pensionado, igual al 20% de la pensión que el asegurado estuviese gozando al fallecer
    • Ayuda asistencial
    • Asistencia Médica
    • Ayuda para gastos de funeral

Las pensiones se otorgarán por la Aseguradora que elijan los beneficiarios para la contratación de su Renta Vitalicia

¿Qué documentos tienes que presentar?
  1. Acudir a Prestaciones Económicas de la clínica correspondiente del IMSS, y llevar los siguientes documentos:

    Del Asegurado o Pensionado:

    • Documento que contenga el número de Seguridad Social
    • CURP
    • Estado de cuenta de la cuenta individual
    • Copia Certificada del Acta de Defunción


    Del solicitante viuda(o) y a falta de éste, la concubina(rio):

    • Identificación oficial con fotografía y firma.
    • Comprobante de domicilio de reciente expedición. (No mayor a 3 meses).
    • Copia Certificada del Acta de Matrimonio o, en su caso, acreditación del concubinato
  2. Cuando se obtenga la Resolución definitiva los beneficiarios tendrán derecho a recibir la pensión correspondiente.
Requisitos

Se debe tener acreditadas ante el IMSS un mínimo de 150 semanas de cotización. En caso de un Riesgo de trabajo, únicamente se pedirá que el IMSS califique la muerte como Riesgo de Trabajo.

Viudez y orfandad
Eventos requeridos para obtener la pensión

Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por invalidez.

Requisitos para realizar trámite

El asegurado o pensionado:

  • Original de la credencial ADIMSS o credencial de pensionado o cualquier documento que contenga el número de seguridad social
  • Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con ella
  • Documento de la AFORE
  • Copia certificada del acta de defunción; tratándose del fallecimiento por un riesgo de trabajo, copia del aviso para calificar probable riesgo (ST-1).


El solicitante viuda(o) y a falta de ésta(e), la concubina(rio):

  • Credencial ADIMSS, credencial para votar o cualquier documento oficial con fotografía y firma; tratándose de personas de nacionalidad diferente a la mexicana, deberán presentar pasaporte o forma migratoria expedida por la Secretaría de Gobernación;
  • Copia certificada de acta de nacimiento
  • Copia certificada del acta de matrimonio o, en su caso, acreditación del concubinato


Aseguradora:

  • Documento de Elegibilidad.
  • Original y copia de identificación oficial (credencial de elector).
  • Resolución Original de pensión.
  • Original y copia de comprobante de domicilio.
Requisitos para realizar trámite disposición ante AFORE
  • Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS.
  • Original y copia de identificación oficial (credencial de elector) del beneficiario o tutor.
  • Original y copia de credencial de pensionado.
  • Comprobante de AFORE.
Ascendientes
Eventos requeridos para obtener la pensión

Cuando fallece el trabajador o pensionado y no existe viuda, huérfanos, ni concubina ; la pensión de ascendientes podrá ser solicitada por los beneficiarios padres que dependían de él.

Requisitos para realizar trámite

Los familiares del trabajador o pensionado fallecido, deberán acudir a la Unidad de Medicina Familiar con:

  • Cualquier documento que contenga el Número de Seguridad Social del trabajador ó pensionado fallecido.
  • Clave Única de Registro de Población ( CURP ) del fallecido
  • Estado de cuenta de AFORE
  • Copia certificada de acta de defunción
  • Copia certificada del acta de nacimiento, reconocimiento o declaración de adopción del solicitante
  • Identificación oficial con fotografía y firma , cuando se trata de personas extranjeras deberá presentar pasaporte ó forma migratoria expedida por la Secretaría de Gobernación, de cada uno de los padres
  • Tratándose del fallecimiento por un Riesgo de Trabajo, copia del formato ST1 (calificación del probable riesgo de trabajo)
Requisitos para realizar trámite disposición ante AFORE
  • Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS.
  • Original y copia de identificación oficial (credencial de elector) del beneficiario
  • Original y copia de credencial de pensionado del beneficiario •Comprobante de AFORE.
Plan privado de pensiones
Eventos requeridos para obtener la pensión

Las cantidades aportadas para fines sociales, considerándose como tal las entregas para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva. Los planes de pensiones serán sólo los que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional de Sistema de Ahorro para el Retiro.

Que la empresa este dada de alta en el nuevo plan de pensiones.

Haber cumplido con los años de servicio en la empresa.

Requisitos para realizar trámite

El trabajador:

Deberá dirigirse al departamento de Recursos Humanos de su empresa para solicitar la información necesaria para su pensión privada.

Requisitos para realizar trámite disposición ante AFORE

Plan Privado de Pensión Ley 1997

Escrito original del patrón en donde solicita al actuario autorizado la emisión de la Constancia.

  • Constancia original suscrita por un actuario autorizado ante la Comisión, en donde se acredite que el trabajador o sus beneficiarios han adquirido el derecho a disfrutar de una Pensión en los términos de un plan registrado ante la Comisión.
  • Original y copia comprobante de Afore (estado de cuenta, constancia de registro, etc)
  • Original y copia simple de credencial de elector por ambos lados.

 

Ley 1973

Y si el plan se encuentra de conformidad con lo previsto en la Ley del Seguro Social 1973, podrán disponer de los recursos de las subcuentas de Retiro SAR del régimen 92 y Vivienda régimen 92, en una sola exhibición.

  • Documento Original Anexo "A" de acuerdo a lo establecido en la circular 31 - 5 la cual es emitida por el área de Recursos Humanos de su empresa.
  • Original y copia de comprobante de Afore (estado de cuenta, constancia de registro, etc).
  • Original y copia simple de credencial de elector por ambos lados.
SAR 92/97
Descripción

El SAR 92/97 cuando el IMSS entregue una resolución de pensión y a falta de ésta a los 65 años de edad.

Tienes derecho a

El Retiro Total en un solo pago de los recursos de tu cuenta individual del SAR 92, vigente de mayo de 1992 a Junio de 1997. El Retiro Total del saldo de Vivienda 92, siempre y cuando no hay recibido crédito de INFONAVIT.

¿Qué documentos tienes que presentar?

Obtenida la resolución del IMSS, (si los recursos ya fueron traspasados a la AFORE), se deberá presentar la copia de dicha resolución de pensión e identificación oficial con fotografía y firma. Y a falta de la Resolución de Pensión, presentar el Acta de Nacimiento a los 65 años de edad.

Requisitos

La resolución de pensión debe contener la autorización para este retiro. Los recursos deben haber sido transferidos del IMSS a la AFORE. Si se trata de una pensión por Riesgo de Trabajo, solo se podrá retirar si la incapacidad permanente parcial es mayor o igual al 50% de la incapacidad.

 

* Datos obtenidos de las Leyes del Seguro Social, INFONAVIT, del SAR y su normatividad. Este es un cuadro de referencia y ayuda. Las condiciones pueden cambiar según la Ley vigente. Para mayor información puede consultar las siguientes páginas: www.imss.gob.mx, www.infonavit.gob.mx, www.consar.gob.mx.

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