Las AFORES son las Administradoras de Fondos para el Retiro, y se crearon para la administración del ahorro para el futuro de millones de trabajadores del país, dichas instituciones están exclusivamente dedicadas a administrar sus cuentas individuales.
Las AFORES tienen personalidad jurídica propia y para su constitución y funcionamiento requieren de autorización de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). La AFORE deberá tener como estructura un Consejo de Administración, Consejeros Independientes, Contralor Normativo y Unidades Especializadas de Consultas y Quejas. Además, debe de sujetarse en cuanto a su contabilidad, información, sistemas de comercialización y publicidad a lo que la CONSAR establezca.
Son Sociedades de Inversión Especializadas en el manejo de Fondos para el Retiro las a través de las cuales se invierten los recursos de los trabajadores en instrumentos de inversión de bajo riesgo y atractivos rendimientos para que los fondos adquieran el mejor interés y el saldo de los trabajadores incremente constantemente.
Los trabajadores que participen en el régimen actual tendrán derecho a, solicitar, a la institución de crédito autorizada, la transferencia de los recursos que integran su subcuenta del seguro de retiro del SAR a la AFORE que hayan elegido.
La Comisión Nacional del SAR (CONSAR)
GRUPO FINANCIERO BANORTE