Prestaciones
| Descripción | Accidentes y Enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo, incluye su fallecimiento. Los Riesgos de trabajo pueden causar una incapacidad temporal o permanente parcial o total, o bien el pago de una indemnización global dependiendo del tipo de incapacidad. |
| Tienes derecho a |
Incapacidad Temporal: Un subsidio en dinero igual al 100% del Salario Base de Cotización que estaba percibiendo al momento de ocurrir el riesgo, durante un periodo máximo de 52 semanas. Incapacidad Permanente Parcial: El monto de la pensión se calculará conforme a la tabla de evaluación de incapacidad contenida en la Ley Federal del Trabajo. Si la incapacidad es menor o igual al 25% se tiene derecho a una indemnización global. Incapacidad Permanente Total o parcial superior al 50%: Se recibirá una pensión mensual definitiva equivalente al 70% del Salario que percibiera al momento de ocurrir el riesgo, en caso de accidente. Se calculará la pensión con el promedio del SBC de las 52 últimas semanas o las que tuviere, en caso de enfermedad. Prestaciones en especie:
|
| ¿Qué documentos tienes que presentar? |
Incapacidad Temporal: El IMSS pagará el subsidio en tanto se declare que se encuentra incapacitado para trabajar o bien se declare una incapacidad permanente parcial o total, lo cual deberá realizarse dentro de un término de 52 semanas Incapacidad Permanente Parcial o Total:
|
| Requisitos |
|
| Descripción | Se otorga cuando el asegurado no cuente con trabajo, siempre y cuando no hubiera realizado retiros durante los 5 años anteriores a la fecha de la solicitud, a partir del 46 día natural, contado desde el día en que quedó desempleado. |
| Tienes derecho a |
Obtener la ayuda en 2 casos alternativos:
Una vez obtenido este beneficio, las semanas de cotización disminuyen en forma proporcional. |
| ¿Qué documentos tienes que presentar? |
|
| Requisitos |
Este derecho sólo podrán ejercerlo los trabajadores, que acrediten con los estados de cuenta correspondientes, no haber efectuado retiros durante los 5 años inmediatos anteriores a la fecha citada. En caso de que un trabajador haya dispuesto de recursos por concepto de Ayuda por Desempleo, una vez, al reintegrarse al mercado laboral y cotice de nuevo, puede reponer los recursos y recuperar las semanas cotizadas que le hubieran sido descontadas al efecto. |
| Descripción | Si el trabajador decide casarse puede obtener una cantidad en dinero para ayudarse. |
| Tienes derecho a |
El Asegurado tendrá derecho a retirar una cantidad equivalente a 30 días de SMGDF. Este derecho se ejercerá una sola vez y no podrá hacer uso por posteriores matrimonios. Los recursos para el pago de esta prestación provienen de:
|
| ¿Qué documentos tienes que presentar? |
|
| Requisitos |
El asegurado deberá tener reconocidas ante el IMSS un mínimo de 150 semanas cotizadas, en el seguro de RCV, a la fecha de celebración del matrimonio. Que la pareja no haya sido registrada con anterioridad en el IMSS como esposo o esposa. Debe tener suficientes recursos en su cuenta para cubrir el importe de esta ayuda. |
de una vivienda
| Descripción | Los recursos de la subcuenta de vivienda se pueden utilizar para obtener un crédito destinado para la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de una habitación. |
| Tienes derecho a |
Solicitar 4 tipos de crédito:
|
| ¿Qué documentos tienes que presentar? | Acudir a la entidad financiera elegida y cumplir con los requisitos que se determinen para el otorgamiento del préstamo. |
| Requisitos | Cada uno de los tipos de crédito tienen requisitos específicos que van desde obtener una puntuación mínima de 116 puntos, ser derechohabientes del Infonavit, tener relación laboral vigente y aprobación del Banco o SOFOL, entre otros. |
| Eventos requeridos para obtener la pensión |
Consiste en 2 meses de salario mínimo general que rija en el Distrito Federal a la fecha del fallecimiento. Ésta debe ser solicitada por los familiares del asegurado, pensionado o quien haya efectuado los gastos del funeral, en la sección de Prestaciones Económicas de la Subdelegación Administrativa que le corresponda de acuerdo al domicilio de la unidad de medicina familiar de adscripción del asegurado. La obligación de pagar la Ayuda de Gastos de Funeral prescribe en 1 año a partir de la fecha del fallecimiento del asegurado. |
| Requisitos para realizar tramite ante el IMSS ó Aseguradora * |
El IMSS entrega :
|
* Datos obtenidos de las Leyes del Seguro Social, INFONAVIT, del SAR y su normatividad. Este es un cuadro de referencia y ayuda. Las condiciones pueden cambiar según la Ley vigente. Para mayor información puede consultar las siguientes páginas: www.imss.gob.mx, www.infonavit.gob.mx, www.consar.gob.mx.